NIC 21 Efectos de las Variaciones en las Tasas de Cambio de la Moneda Extranjera.
- NIC 21 aplica a:
- 1. Transacciones en moneda extranjera
- 2. La conversión a la moneda funcional de la entidad de información relativa a sus negocios en el exterior
- 3. La conversión de información de la moneda funcional de la entidad a la moneda de presentación, de EEFF o información para la consolidación
- NIC 21 establece la forma de contabilizar las transacciones en moneda extranjera y negocios en el extranjero y la forma de convertir los estados financieros en una moneda de presentación.
- NIC 21 Especifica la forma de incluir las transacciones en moneda extranjera y negocios en el extranjero en los estados financieros de una entidad y de convertir los estados financieros en una moneda de presentación que sea diferente de la moneda funcional.
Aplica a partir del 1 de enero de 2005.
Emisión | Mejora/Enmiendas | Vigente desde |
15-08-2023 | Ausencia de Convertibilidad | 01-01-2025 |
Interpretaciones relacionadas:
Número | Resumen | Vigente desde |
SIC 7 | Introducción del euro. | 01-06-1998 |
CINIIF 16 | Según CINIIF 16, la moneda de presentación no crea una exposición a la que una entidad pueda aplicar la contabilidad de cobertura. En consecuencia, una entidad controladora puede designar como riesgo cubierto solo las diferencias de cambio que surjan de una diferencia entre su propia moneda funcional y la de su operación en el extranjero. | 01-07-2009 |
CINIIF 22 | Aclara la contabilización de transacciones que incluyen el recibo o pago de contraprestación anticipada en una moneda extranjera . | 01-01-2018 |
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